Cómputo del plazo para la renovación de las I.T.V.

Por Auto de fecha 24 de septiembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha suspendido de forma cautelar la disposición segunda de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos («BOE» núm. 137, de 16 de mayo de 2020) que señalaba:

“SEGUNDO. Cumplimentación de las tarjetas ITV y certificados de inspección técnica. Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, para la cumplimentación de la fecha hasta la que es válida la inspección en las tarjetas ITV y los certificados de inspección técnica de los vehículos a los que se refieren los artículos 10 y 18 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.”

De este modo, por ejemplo, quien le venciera el plazo para la I.T.V. en marzo, declarado ya el estado de emergencia, y superó dicha inspección técnica en el mes de julio, EL PLAZO PARA SUPERAR LA SIGUIENTE INSPECCIÓN SE EMPEZARÁ A CONTAR NO DESDE QUE DEBIÓ PASARLA (de no haberse declarado dicho estado de emergencia), SINO DESDE QUE EFECTIVAMENTE, SE LLEVÓ A CABO LA INSPECCIÓN.

Tal decisión la adopta el Tribunal Supremo entendiendo que, de no suspender cautelarmente dicho apartado, se perdería la finalidad legítima del recurso, afirmando que los intereses que están en conflicto no son sino intereses privados: de un lado, los de las concesionarias de dichas inspecciones y, del otro, los de los titulares de vehículos, (quienes se verían obligados a realizar una nueva inspección antes de lo previsto, a pagar dos veces las tasas en un corto espacio de tiempo y, además de la pérdida de tiempo que, en el caso de profesionales del transporte, implica también pérdida de productividad).

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